El pasado 3 de abril de 2025, entró en vigencia la nueva Resolución No. 000204 de 2025, expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). En dicha Resolución, se establecen los plazos de entrega y se adoptan las características técnicas de la información exógena cambiaria, con el fin de garantizar su correcta presentación por parte de los titulares de cuentas de compensación, intermediarios del mercado cambiario (IMC) y concesionarios de servicios de correos que ofrezcan servicios financieros.
Es pertinente destacar que, entre los cambios más significativos, se encuentran los siguientes aspectos:
- Actualización de los formatos técnicos que conforman la información exógena cambiaria, específicamente los formatos 1059, 1060, 1061, 1062 y 1066.
- Para las operaciones efectuadas a partir del 1 de abril de 2025, será obligatorio reportar el origen y destino de los recursos canalizados.
- Así mismo, se implementa el prevalidador cambiario en la versión 3.0.0, el cual comenzará a entrar en funcionamiento de manera inmediata.
- Las fechas establecidas para la transmisión de la información exógena cambiaria pendiente son las siguientes:



Por último, para su conocimiento adjuntamos la normatividad vigente correspondiente a la resolución No 000204 del 03 de abril de 2025.
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