¿Qué debes tener en cuenta para aplicar la exoneración de aportes a Salud por parte del Empleador y los aportes a Parafiscales de ICBF y SENA?
Aportes Parafiscales al ICBF y SENA
En lo correspondiente a los aportes parafiscales, específicamente al ICBF y SENA se estableció que el cálculo de la exoneración para los trabajadores que devenguen menos 10 SMMLV se realiza únicamente con base en los pagos que tengan naturaleza salarial.
Por tanto, la Unidad de Pensiones y Parafiscales -UGPP no puede interpretar de forma unilateral esta norma, para calcular la exoneración de aportes parafiscales teniendo como base los pagos de naturaleza salarial y no salarial.